Aveiro, contra el megadecreto de Milei: “No respeta la institucionalidad”

El exintendente de Tunuyán y actual diputado nacional se plegó a la posición de Unión por la Patria y participó de la reunión entre sus pares de la Cámara y dirigentes de la CGT.

Valle de Uco21/12/2023 Redacción UCOnews
Diputado nacional Martín Aveiro

Los diputados nacionales de Unión por la Patria rechazaron el decreto de necesidad y urgencia que anunció el presidente Javier Milei. Inmediatamente después de la cadena nacional, publicaron en redes sociales un duro comunicado en el que acusaron al jefe del Ejecutivo de llevar adelante un “brutal avasallamiento de las facultades del Congreso”.

Martín Aveiro estuvo entre los diputados que compartieron ese mensaje en sus redes sociales. Allí se sostiene que el DNU significa “conceder al Ejecutivo facultades extraordinarias prohibidas en el artículo 29 de la Constitución”. Por lo tanto, para UxP el decreto “es de nulidad insanable” y quienes lo aprueben “serán infames traidores a la patria”.

Martín Aveiro en la reunión del bloque de diputados de UxP con la CGT

Este jueves, el tunuyanino participó de la reunión del bloque de diputados de UxP junto a los líderes de la Confederación General del Trabajo para analizar el decreto y diagramar las acciones a seguir.

“Más de 300 artículos que serán leyes derogadas y modificadas sin pasar por el Congreso, no respetando la institucionalidad y los diferentes poderes del Estado como marca la constitución”, expresó Aveiro en Instagram, acompañando el texto con una foto suya en la sala donde se realizó el encuentro.

“Ninguno de los artículos tiene algún beneficio para la gente trabajadora. Cada uno de ellos marca un negocio del Estado para con un privado”, expresó el diputado mendocino. “En su gran mayoría, ninguno puede fundamentar la necesidad y la urgencia”, agregó.

Qué dice el artículo 29 de la Constitución que cita UxP

Art. 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.

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