
Multa millonaria: condenan a la Municipalidad de Tunuyán y a Martín Aveiro por discriminación a una reina de la Vendimia embarazada





El Tercer Tribunal de Gestión Asociada ordenó indemnizar a Yamila Estefanía Escudero, exreina vendimial de Campo de los Andes, tras determinar que fue discriminada por estar embarazada en 2014. La joven había iniciado una demanda por daño moral luego de ser apartada de un acto oficial en el que debía entregar sus atributos. La suma de $8 millones más intereses recae sobre la Municipalidad de Tunuyán y el exintendente Martín Aveiro.
Escudero había sido elegida reina distrital en 2013. Sin embargo, días antes de la fiesta del año siguiente recibió la noticia —comunicada a través de su padre— de que no podría participar por encontrarse embarazada de ocho meses. El motivo: un reglamento municipal que prohibía que las soberanas estuvieran embarazadas o tuvieran hijos. La exreina relató que la exclusión le provocó un profundo impacto emocional y la privó de despedirse en público de su mandato.



Durante el juicio, la demandante sostuvo que sufrió violencia institucional y simbólica. El municipio y el entonces intendente Martín Aveiro defendieron su accionar argumentando que solo aplicaron el reglamento vigente y que la intención era “protegerla” por su estado avanzado de gestación. La Provincia quedó desvinculada al demostrarse que el hecho ocurrió en el ámbito municipal.
El Tribunal consideró que, al momento de los hechos, Escudero ya no competía por la corona departamental, por lo que su exclusión carecía de fundamento y resultó arbitraria e inconstitucional. También determinó que Aveiro incumplió una cautelar que lo obligaba a pedir disculpas públicas, provocando una revictimización.

En consecuencia, la Justicia condenó a la Municipalidad de Tunuyán y a Martín Aveiro a pagarle a Escudero 8 millones de pesos más intereses por daño moral. "Estimo que la suma le permitirá a la víctima junto a su grupo familiar, realizar un viaje de esparcimiento a algún destino de su preferencia" para proporcionar un "bienestar sustitutivo", se lee en el inciso g de los fundamentos de la sentencia.
También ordenó al municipio eliminar en un plazo de 60 días las cláusulas discriminatorias del reglamento de Vendimia que exigían ser soltera, sin conviviente y sin hijos. El fallo marca un precedente sobre prácticas discriminatorias históricas en la elección de reinas vendimiales y obliga al municipio a adecuar sus normas a la legislación vigente en materia de derechos de las mujeres.




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